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Los supermercados deberán vender alimentos “feos” a un precio reducido para evitar su desperdicio

Actualizado: 7 dic 2023

NOTICIAS ESPAÑA | DESPERDICIO ALIMENTARIO | SUPERMERCADOS

 

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El Consejo de Ministros ha aprobado este lunes el anteproyecto de ley para combatir el desperdicio alimentario que obligará a los supermercados y las grandes superficies a vender con precios rebajados productos "feos, imperfectos o poco estéticos" que estén en condiciones óptimas de consumo, así como a incentivar la venta de alimentos de proximidad, ecológicos y a granel.




El proyecto de Ley de Prevención de las Pérdidas y el Desperdicio Alimentario consta de 15 artículos, cuatro disposiciones finales y una adicional.


Incluye una serie de planes, obligaciones, buenas prácticas y sanciones a aplicar desde el agricultor al consumidor, pasando por el industrial o el restaurador, con la finalidad de producir una drástica reducción del desecho de alimentos sin consumir que acaban en la basura y fomentar un mejor aprovechamiento de los mismos.


El ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación, Luis Planas, ha destacado ante los medios que en 2020 los hogares españoles tiraron a la basura más de 1.300 millones de kilos de alimentos sin consumir. En otra perspectiva: "Tres de cada cuatro hogares españoles desperdician comida".


Entre las obligaciones que impondrá la ley está la citada de sacar a la venta los alimentos «feos», pero también la de multiplicar las promociones con productos que están cercanos a su fecha de caducidad o de su momento de consumo preferente.


Con el mismo objetivo, tendrá que generalizarse una práctica ya extendida en muchos bares y restaurantes, como es ofrecer al cliente llevarse las sobras de la comida sin coste adicional.


Si aun así quedan excedentes sin vender habrá varias opciones más a realizar que seguirán un orden de preferencia, la primera será que las industrias alimentarias, establecimientos comerciales y de hostelería y restauración firmen convenios con bancos de alimentos, ONG u organizaciones gestoras de comedores sociales, para donar estos alimentos.


El segundo uso preferente para los alimentos no vendidos, pero que estén en condiciones óptimas de consumo, es que deberán ser transformados en zumos, mermelada, cremas…


Y por último, cuando los alimentos no sean aptos para el consumo humano, deberán ser utilizados como subproductos para la alimentación animal o para "otros sectores". Como por ejemplo “compostaje en la agricultura” o “materia energética” para la fabricación de combustibles.


La ley fiscalizará el cumplimiento de las obligaciones y fijará fuertes multas. Cuando una empresa ignore la obligación de donar sus excedentes a entidades sin ánimo de lucro, o cuando las organizaciones receptoras desaprovechen esta comida, incurrirán en falta grave, sancionada con entre 6.000 y 150.000 euros.


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