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Tras la vuelta a casa después del verano, se ha reanudado en España el debate social y político sobre las okupaciones a viviendas y el aumento del riesgo a sufrirlo dadas las circunstancias de la pandemia.
Cierto es que este suceso, sobre todo en casas vacías y que no son usadas como residencia habitual, ha ido en aumento recientemente. De hecho, las estadísticas muestran menos allanamientos de morada que antes en contraposición con el aumento de las okupaciones en casas donde no vive nadie.

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El número total de denuncias por okupación ilegal de inmuebles ha aumentado de 9.998 de 2016 a 14.621 en 2019. Además, en lo que llevamos de 2020 también aumento: 7.450 entre enero y junio frente a las 7.093 del mismo periodo de tiempo en 2019 (un 5,03% más).
Lo primero es entender que legalmente no es lo mismo que una persona entre en un domicilio en el que habites que en una casa o finca de tu propiedad que no utilices. Por lo tanto, ambos casos tienen diferentes repercusiones.
El primer caso se conoce como allanamiento de morada, que conlleva la pena de entre seis meses a dos años de cárcel, y está recogida en el artículo 202 del Código Penal. De ser así, el desalojo sería inmediato.
Pero cuando la okupación se produce en un inmueble que no usas y por lo tanto no vivía nadie, hablamos de un delito de usurpación de viviendas, escrito en el artículo 245 del Código Penal. El okupa se enfrentaría a una pena de entre tres a seis meses de cárcel en caso de acceder sin violencia a la vivienda, y de uno a dos años de cárcel si existe violencia.
En estos casos, se puede tardar años en desalojar a los ocupantes. Los principales motivos de ello son que, la mayoría de okupas entran a la vivienda adjudicando que ellos se encontraron la puerta abierta, entraron de forma pacífica y que le han alquilado el piso. Con lo cual muchas veces la única represalia que obtienen es una multa.
El problema radica en que cuando el dueño denuncia la okupación, los agentes se presentan e identifican a los okupas en el domicilio uno por uno y abren un parte de intervención policial. Pero ese mismo parte de denuncia les sirve a los okupas para empadronarse en el domicilio. Se convierte en su justificante para demostrar que están viviendo allí y tienen derecho a su uso.
Por este motivo hay un apremio para conseguir cuanto antes una reforma del Código Penal, y poder enfrentarse así de manera adecuada a este tipo de situaciones.
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